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En qué consiste la Constitución de transición de Siria [Análisis del Centro de Información de Rojava]

RIC – 15 marzo 2025 – Traducido y editado por Rojava Azadi Madrid

El 13 de marzo, el Gobierno Provisional Sirio publicó la propuesta de Constitución para el periodo transitorio. El contenido de la constitución, así como su proceso de redacción, han suscitado una fuerte reacción. Las críticas se centran en dos cuestiones. En primer lugar, la marcada acumulación de poder en manos del presidente interino, Ahmed al-Sharaa, aunque se empleen palabras y frases que sugieren prácticas democráticas. En segundo lugar, la exclusión de las diversas religiones, etnias y lenguas minoritarias de Siria del reconocimiento oficial, con la consagración de la ley islámica como fundamento del sistema jurídico del país, y ello pocos días después de que fuerzas dependientes del Ministerio de Defensa del Gobierno Provisional perpetraran una masacre contra alauitas en la región costera de Latakia.

Se esboza ahora un periodo transitorio de cinco años, que terminará cuando haya una nueva constitución y elecciones, pero no está claro cómo se negociará y redactará exactamente la constitución permanente. La Constitución transitoria fue elaborada oficialmente por un pequeño comité de siete personas. El Gobierno Provisional no fue transparente en cuanto al proceso de selección de este comité. Los siete eran árabes suníes, lo que dio lugar a las previsibles críticas de que el comité no tenía en cuenta la diversidad étnica y religiosa de Siria. En el comité solo había un especialista en Derecho Constitucional. La independencia de este comité se vio limitada por el hecho de que su borrador tenía que ser aceptado por el Gobierno Provisional dirigido por HTS. De hecho, pocas horas después de la creación del comité, al-Jazeera publicó un borrador filtrado de la Constitución, que algunos interpretaron como que el comité solo tendría potestad para sugerir modificaciones sobre un documento predeterminado. En teoría, la Conferencia de Diálogo Nacional celebrada en Damasco también debía servir de base para el proceso de redacción de la Constitución, pero el resultado de la conferencia, de 18 puntos, era vago, opaco y, en cualquier caso, no vinculante. El Consejo Nacional Kurdo de Siria ha achacado las deficiencias de la Constitución de transición a la composición de este comité de redacción, argumentando que sus miembros no eran representativos de la diversidad política, nacional y religiosa de Siria, por lo que «lo despoja [al órgano de redacción de la Constitución] de inclusividad y consenso nacional, al tiempo que refuerza la exclusión y la monopolización del poder».

Ahmed al-Sharaa se reúne con los miembros del comité de redacción, 02.03.2025

Aunque la versión final de la Constitución de transición difiere ligeramente del borrador filtrado, la principal preocupación planteada cuando se publicó la filtración sigue vigente: que el sistema estatal esbozado carece de auténtica democracia. Al parecer, no se consultó en absoluto a los actores del Norte y Este de Siria sobre la Constitución. El copresidente de la junta de relaciones exteriores de la Administración Autónoma Democrática (DAANES), Bedran Kurd, admitió que «luego nos sorprendió» que se publicara el borrador de la constitución justo después de que se firmara el acuerdo SDF-Damasco. Afirmó que esta Constitución «se ha publicado sin ninguna participación o representación significativa de las diversas comunidades de Siria», incluida la del NES. Calificó este hecho de «totalmente inaceptable», afirmando que está «en clara contradicción» con el acuerdo.

La referencia a la «separación de poderes» dentro de las estructuras del Estado se ve socavada por la amplia centralización de la autoridad en manos del presidente interino. La Constitución esboza el alcance de los poderes del presidente, algunos de los cuales entran dentro de lo que cabría esperar de las funciones de un presidente, mientras que otros lo exceden. El presidente será el jefe supremo del ejército y dirigirá los asuntos sirios junto a sus ministros (nombrados personalmente). Puede declarar el estado de emergencia y la ley marcial, con la aprobación del Consejo de Seguridad Nacional (nombrado personalmente). Además, Ahmed al-Sharaa también tendrá derecho a proponer leyes y promulgar decretos con fuerza de ley. Las leyes aprobadas por el poder legislativo también pueden estar sujetas al veto del presidente, que requiere una mayoría de dos tercios del legislativo para ser anulado. La influencia del presidente en la composición del poder legislativo hace que, en cualquier caso, sea poco probable que esto ocurra.

Nominalmente, los poderes del presidente estarán sujetos a la supervisión del Consejo Popular (Parlamento). El presidente no puede disolver el Consejo Popular, que tendrá autoridad sobre la legislación, además de poder para convocar e interrogar a los ministros. Sin embargo, un tercio de los miembros del Consejo Popular serán nombrados por el presidente hasta que se apruebe una Constitución permanente y puedan celebrarse elecciones. El resto de la composición del consejo lo determinará un «alto comité». El presidente nombrará a este comité. Al mismo tiempo, se disuelve el antiguo Tribunal Constitucional y se establecerá un nuevo marco judicial. Aunque el poder judicial se califica de «independiente» en la Constitución, el presidente interino tiene poder para nombrar a todos los jueces del Tribunal Constitucional Supremo, que es la máxima autoridad judicial de Siria. En total, ninguno de los representantes del Estado será elegido directamente por la población. Abd al-Hamid al-Awak, miembro del comité de redacción, declaró que, si bien el poder ejecutivo se limita al presidente, la legislación está en manos del Consejo Popular, que también podría destituir al presidente si lo considera necesario. En el mismo comentario, añadió que aunque «teóricamente» tal destitución es posible, «en la práctica va a ser extremadamente difícil porque los miembros [del Consejo Popular] van a ser nombrados directamente por el propio presidente».

El Consejo de Seguridad Nacional debe aprobar las convocatorias presidenciales de estado de excepción. Sin embargo, el actual Consejo de Seguridad Nacional -de reciente creación-, compuesto por ocho personas, ya ha sido elegido a dedo por al-Sharaa, que lo encabeza. Está compuesto por el ministro de Asuntos Exteriores, el ministro de Defensa, el ministro del Interior y el jefe nacional de Inteligencia, además de dos miembros «asesores» y un experto técnico nombrado por el presidente. Tres de los ministros actuales, seleccionados por al-Sharaa, estuvieron junto a él en Jabhat al-Nusra/HTS: el ministro de Asuntos Exteriores, Asad al-Shaibani, el jefe de Inteligencia, Anas Khattab, y el ministro de Defensa, Murhaf Abu Qasrah. El ministro del Interior, Ali Keddah, también está vinculado a HTS: fue primer ministro del Gobierno Sirio de Salvación en Idlib.

Además, aunque se respeta el derecho a la participación política y a la formación de partidos sirios, estas actividades de formación están prohibidas hasta que se elabore una «ley de partidos» que las regule. Esto significa que no habrá pluralismo formal ni oposición política oficial. El Consejo Democrático Sirio (SDC) ha argumentado que el proyecto de Constitución «reproduce el autoritarismo en una nueva forma» al afianzar «el gobierno central y otorga a la autoridad ejecutiva poderes absolutos». La declaración del SDC describe las restricciones a los partidos políticos como «un obstáculo directo en el camino de la transición democrática».

El proyecto de Constitución del periodo transitorio también hace referencia al compromiso del Estado con la rendición de cuentas por los crímenes cometidos y el desarrollo de mecanismos de justicia transicional. Sin embargo, hasta ahora, los llamamientos a la rendición de cuentas del Gobierno Provisional se han dirigido prácticamente solo a los individuos y grupos vinculados con Assad. Es necesario abordar las violaciones pasadas y presentes de todas las partes, incluidos HTS y SNA, para garantizar la justicia. Los grupos que ahora forman la columna vertebral del nuevo ejército sirio tienen un historial de abusos contra los derechos humanos y violaciones del derecho internacional. Citar un compromiso con la justicia suena a vacío dada la oleada de violencia desatada recientemente contra la población alauita en la costa siria por las fuerzas de HTS y SNA. Al menos 1.000 alauitas murieron cuando leales a Assad tendieron una emboscada al personal de Seguridad General del Gobierno Provisional, lo que provocó una movilización masiva de las fuerzas del Gobierno Provisional para llevar a cabo una operación de peinado en la que civiles alauitas fueron asesinados, maltratados y obligados a abandonar sus hogares, que luego fueron saqueados e incendiados, tal y como condenaron las Naciones Unidas y diversos organismos de vigilancia de los derechos. Hasta ahora, el Gobierno Provisional no ha adoptado ninguna medida seria de rendición de cuentas o de justicia. Además, tampoco ha presentado hasta ahora ningún marco jurídico que esboce un procedimiento de justicia transicional que distinga entre civiles, soldados reclutados a la fuerza y los verdaderos cómplices de los crímenes cometidos por las instituciones militares y de seguridad de Assad.

El comité de redacción ha descrito la Constitución como una búsqueda de «equilibrio entre seguridad social y libertad» en el periodo transitorio; sin embargo, tales referencias a la libertad se ven socavadas por el contenido del documento. La Constitución de transición habla de boquilla de derechos generales, como la salvaguarda de los derechos humanos y las libertades según las normas humanitarias, la independencia judicial y la protección de la libertad de expresión. Sin embargo, estas garantías se ven atenuadas por su condicionalidad al «orden público» y la «unidad nacional». Junto al compromiso con la unidad nacional, se hace referencia al respeto de la diversidad cultural; estipulaciones que, por sí solas, probablemente no logren ninguna protección concreta de este tipo. Se mencionan brevemente los derechos de las mujeres y los niños, pero esto ha contribuido poco a disipar las preocupaciones sobre el destino de las mujeres en una Siria en la que los principales miembros del gobierno proceden en su mayoría de HTS y su predecesora Jabhat al-Nusra (la rama siria de Al Qaeda). De hecho, la Constitución en su conjunto apenas hace referencia a las mujeres y no menciona la igualdad entre hombres y mujeres. El Consejo Sirio de Mujeres ha criticado la exclusión de «las contribuciones de las mujeres sirias en la larga lucha contra la dictadura», calificándola de «injusticia sistemática incompatible con las aspiraciones de las mujeres a participar activamente en el proceso de construcción de la nación».

En el NES, se produjeron diferentes protestas en los días posteriores a la publicación de la Constitución. El 15 de marzo, en Qamishlo, una marcha de mujeres reunió a miles de personas para exigir la reconsideración de la Constitución, informada por debates con activistas femeninas sobre cómo reconocer formalmente la participación, las luchas y los derechos de las mujeres. Bediya Arabo, manifestante en la marcha desde Darbasiyah, dijo l RIC: «Miles de mujeres se han sacrificado para conseguir derechos para las mujeres. La lucha que las mujeres han librado en el norte y el este de Siria fue también para proteger la tierra y a la gente de aquí. Pero todavía hoy vemos que se perpetúa una mentalidad que excluye y oprime a las mujeres. Es como si se repitiera el antiguo régimen. Queremos debatir con la nueva autoridad de Damasco. Pueden hacer investigaciones sobre los problemas y las luchas de las mujeres. Queremos hacerlo juntas, para que los derechos de la mujer se incluyan debidamente en la Constitución. Este es nuestro llamamiento».

Marcha de mujeres en Qamishlo, 15.03.2025

Aunque la Constitución estipula que la libertad de creencia es inviolable e instruye al Estado a respetar todas las religiones y sus prácticas asociadas, también establece que el presidente sirio debe ser musulmán y que la jurisprudencia islámica (fiqh) es «la principal fuente de legislación». Se trata de un ligero cambio con respecto a la antigua Constitución, en la que se señalaba como «principal fuente de legislación». Al ser la ley islámica «la» fuente principal de legislación, no está claro cómo se materializarán en la práctica los derechos estipulados en el borrador que contradicen la ley islámica. Muchos destacaron el riesgo de que se instaure una teocracia sectaria.

Según el proyecto de Constitución de transición, la República Árabe Siria no cambiará de nombre en un futuro próximo, y tampoco se registrarán como lenguas oficiales del Estado otras que el árabe. Cuando en 2023 se publicó una versión actualizada del «Contrato Social» de la región del Norte y Este de Siria -que actuaba como Constitución y codificaba los principios por los que se regiría la región-, se describía la región del Norte y Este de Siria como parte de la «República Democrática Siria». Este cambio de nombre sugerido reflejaba un esfuerzo por contribuir a poner fin a la exclusión de los kurdos sirios y otras comunidades no árabes del reconocimiento formal dentro del Estado sirio. Además, el Contrato Social consagraba el árabe, el kurdo y el siríaco como tres lenguas oficiales en las zonas DAANES. Al comentar la Constitución de transición, la DAANES ha declarado que aquella desprecia la diversidad de Siria y que es una «falsificación de la identidad nacional y social de Siria […] desprovista de la impronta y el espíritu del pueblo sirio y sus diversos componentes», destacando la exclusión de kurdos, asirios y otras minorías en el documento.

El activista político y escritor kurdo Polat Can, que también sirvió en las fuerzas militares del NES y fue uno de los miembros fundadores del las YPG, ha descrito la Constitución de transición como «Un proyecto para el autoritarismo, el sectarismo y la exclusión étnica». Can argumenta que se abre la puerta al autoritarismo porque, aunque el periodo de transición está fijado en cinco años, puede ampliarse indefinidamente en función de «las condiciones políticas y de seguridad». Con el presidente nombrando a los miembros del Consejo Popular, y el Consejo Popular responsable de la legislación, las normas democráticas de controles y equilibrios se ven gravemente debilitadas. «El presidente es a la vez gobernante y legislador: un claro abuso de poder», afirma Can. También condena las referencias al «orden público» y la «unidad nacional» como condiciones para regular las libertades personales, afirmando que «este lenguaje siempre se ha utilizado para justificar la represión».

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