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El Tribunal de Apelación anula la pena de prisión para Selahattin Demirtaş

17 ABRIL: DÍA INTERNACIONAL DEL PRESO POLÍTICO

Diariamente, desde el día 28 de marzo y hasta el 30 de abril 2022 inclusive, la situación de un preso o presa política kurda actual será puesta de relieve en nuestra web. Es nuestro humilde homenaje a estas personas, héroes silenciados de nuestro tiempo. Sin ellos no cabría esperanza de que otro mundo mejor es posible.

ANF ANKARA – 25 Abril 2022 – Traducido por Rojava Azadi Madrid

El Tribunal de Apelación de Turquía dictaminó que el expediente del político encarcelado Selahattin Demirtaş deberá ser devuelto al alto tribunal penal, concluyendo que «dividir una parte del acto y penalizarlo parcialmente es contrario a la ley tal y como es.»

El Tribunal de Apelación anuló la sentencia de prisión del encarcelado ex copresidente del Partido Democrático de los Pueblos (HDP) Selahattin Demirtaş, que fue condenado a 2 años y 6 meses de prisión por el tribunal local por haber marcado supuestamente al entonces fiscal jefe de Ankara Yüksel Kocaman como objetivo.

Entre rejas desde noviembre de 2016, Demirtaş habría sido juzgado por sus comentarios en su declaración en la vista de un juicio celebrado por el 19º Tribunal Penal Superior de Ankara el 7 de enero de 2020. Demirtaş fue acusado de «amenazar a Kocaman haciendo uso de la fuerza temible de presuntas organizaciones criminales» y de «marcar como objetivo a un funcionario de la lucha antiterrorista.»

Enfrentándose a hasta 8 años de prisión por el delito imputado, Selahattin Demirtaş tuvo su audiencia final en este juicio en el 19º Tribunal Penal Superior de Ankara el 28 de mayo de 2021 y fue condenado a 2 años y 6 meses de prisión por los cargos de «marcar a un funcionario antiterrorista como objetivo».

Los abogados de Selahattin Demirtaş y el fiscal recurrieron esta sentencia y la llevaron al Tribunal Regional de Justicia de Ankara.

Al examinar el expediente, la 21ª Sala Penal del tribunal de apelación se remitió a la sentencia de la Asamblea General de Salas Penales del Tribunal de Casación.

El tribunal ha concluido que el acto de Selahattin Demirtaş en su conjunto «constituyó el delito de señalar a un funcionario de la lucha antiterrorista como objetivo» y argumentó que debería haber sido condenado por «amenazar haciendo uso de la fuerza temible de presuntas organizaciones criminales».

El tribunal de apelación ha dictaminado que el expediente de Demirtaş se devuelva al alto tribunal penal, concluyendo que «dividir una parte del acto y penalizarlo parcialmente es contrario a la ley tal como es.»

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