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Resolución del Tribunal de Apelación (Salas de Acusación) de Bruselas (Bélgica) el 14 de septiembre de 2017 en el caso contra presuntos líderes y miembros del PKK

Datos principales sobre el caso

El 14 de septiembre de 2017, las Salas de Enjuiciamiento del Tribunal de Apelación de Bruselas, Bélgica, tomaron una decisión desestimando el caso y poniendo fin a todo enjuiciamiento contra 40 personas y 2 empresas por ser agentes del PKK, el Partido de los Trabajadores del Kurdistán.

Los 42 acusados ​​fueron procesados ​​por el liderazgo de un grupo terrorista o asistencia de cualquier tipo a dicho grupo. Ninguno de los acusados ​​era sospechoso de participación directa o indirecta en actos de violencia. Los supuestos hechos subyacentes a las acusaciones fueron recolectar fondos para el PKK, difundir propaganda y / o participar en el reclutamiento de la organización.

Los acusados ​​eran todos activistas kurdos en Bélgica, algunos ocupaban cargos en el Congreso Nacional Kurdo (KNK), algunos eran miembros de asociaciones locales kurdas y otros representantes de partidos políticos kurdos sirios e iraníes, etc. Las dos compañías que fueron procesadas son compañías de producción para la televisión y la radio kurdas. La Fiscalía argumentó que todas estas organizaciones, partidos, etc, eran en realidad partes integrales del PKK.

La investigación comenzó en 2009. Según el derecho procesal penal belga, dicha investigación está dirigida por un magistrado investigador. Durante la investigación se llevaron a cabo operaciones de búsqueda, se organizaron escuchas telefónicas, se escucharon testigos y se realizaron investigaciones internacionales, etc. Esto dio como resultado un archivo de caso de aproximadamente 40,000 páginas.

Según lo exige el derecho procesal penal, después de que se cierra la investigación, un juez decide, a solicitud y en la solicitud formal del Fiscal, sobre la cuestión de qué acusado tendrá que ser juzgado por qué acusaciones específicas. Durante esa fase, el juez debe tener en cuenta tanto la cuestión de si se han reunido pruebas suficientes para hacer posible un juicio como si existen obstáculos legales para el enjuiciamiento.

En el caso de los 42 presuntos sospechosos del PKK, la defensa planteó varios argumentos. Uno en particular fue muy importante. El «Artículo 141bis » del Código Penal belga establece que las disposiciones antiterroristas de ese Código no son aplicables a las fuerzas armadas involucradas en un conflicto armado según lo define el derecho internacional humanitario. En otras palabras, las leyes antiterroristas no se aplican a situaciones de guerra, incluidas las guerras civiles. Dichos conflictos se rigen por el derecho internacional humanitario. Los crímenes cometidos en el marco de tales conflictos deben ser procesados ​​como crímenes de guerra. «Art. 141bis » es la transposición en la legislación belga de una cláusula similar en la mayoría de los instrumentos internacionales antiterroristas y especialmente en la decisión del Marco Europeo sobre la lucha contra el terrorismo que establece normas mínimas para las leyes antiterroristas en los países de la UE.

En el caso belga, la defensa argumentó que el enjuiciamiento no podía continuar porque Turquía y el PKK eran partes opuestas en un conflicto armado según lo definido por el derecho internacional. Un conflicto armado se distingue de una situación de violencia esporádica en dos criterios principales: la intensidad del conflicto y el grado de organización de ambas partes.

El 3 de noviembre de 2016, el Tribunal de Primera Instancia decidió desestimar todos los cargos presentados contra los 42 acusados ​​y prohibir cualquier enjuiciamiento adicional mientras PKK y el estado turco debían considerarse como partes involucradas en un conflicto armado y, por lo tanto, las leyes antiterroristas no eran aplicable en estos casos. La Fiscalía y el Estado turco apelaron contra la decisión tomada por el Tribunal de Primera Instancia.

El 14 de septiembre de 2017, las Salas de Enjuiciamiento del Tribunal de Apelación respaldaron la decisión del Juez y desestimaron el caso de la Fiscalía. La decisión (adjunta) brinda una extensa declaración de razones que explican por qué el conflicto entre el PKK y el Estado turco debe considerarse como un conflicto armado según lo define el derecho internacional humanitario.

El Tribunal de Apelaciones también decidió que el PKK no podía ser considerado como una organización terrorista porque su objetivo no es infundir miedo en la población civil sino luchar por los derechos de los kurdos. Llegó a la conclusión de que no había pruebas suficientes disponibles para la acusación de que el PKK controlaba los llamados Kurdish Freedom Hawks (TAK), una organización dividida que realiza ataques contra civiles y de la cual el PKK se ha distanciado en varias ocasiones. Después de esto, la Fiscalía y el Estado turco presentaron una apelación ante el Tribunal de Casación. Esa apelación aún está pendiente. El Tribunal de Casación solo puede considerar argumentos relacionados con cuestiones de derecho y no puede volver a examinar los hechos. Si el Tribunal de Casación considera que ha habido una violación de la ley, puede anular la decisión del tribunal de primera apelación y enviar el caso para su reconsideración a otro Tribunal de Apelación.

Posibles impactos de la decisión.

La decisión tiene un fuerte impacto tanto en asuntos legales en general como en la posición legal concreta del movimiento kurdo en Europa.

  1. La decisión está completamente en línea con la norma del derecho internacional, reflejada en el art. 141b está en la ley belga, que las partes en un conflicto armado deben someterse al derecho internacional humanitario (DIH). El DIH debe tener primacía sobre el derecho penal nacional. El objetivo de este principio es incitar a las partes en un conflicto armado a respetar el DIH, en particular para proteger a los civiles contra la violencia. Crea condiciones bajo las cuales ambas partes en dicho conflicto tienen que cumplir con las mismas reglas, asegurando que la acción militar respete las reglas del DIH y, en particular, los Convenios de Ginebra y que cualquier acto que viole el DIH sea ilegal y posiblemente un crimen de guerra. Hacer la distinción entre conflictos armados y otras situaciones de violencia ayuda a mantener y promover el respeto por el DIH. Esto no conduce a la impunidad para ninguna de las partes. Por supuesto, cualquier persona involucrada de cualquier manera en la comisión de crímenes de guerra puede ser procesada por cometer tales crímenes.
  1. La decisión crea condiciones bajo las cuales el movimiento kurdo en Bélgica puede beneficiarse de la libertad de expresión y asociación. Los grupos y las personas pueden estar libres del miedo a ser procesados ​​por expresar opiniones sobre la situación kurda y sobre el papel del PKK en la cuestión kurda. Mientras que bajo las leyes antiterroristas los límites de lo que es legal son vagos y cambiantes, los límites bajo la ley penal normal están bien establecidos y definidos por la jurisprudencia. Nuevamente, la decisión no conduce a la impunidad para nadie. Si los kurdos u otros medios incitan a la violencia o difunden el discurso de odio, pueden ser considerados responsables de conformidad con el derecho penal común. Por lo tanto, la decisión crea más oportunidades para el debate democrático sobre el problema kurdo y al mismo tiempo conduce a una mayor seguridad jurídica para los activistas kurdos sobre lo que debe considerarse legal y lo que no.
  1. La decisión de que el derecho internacional humanitario debe aplicarse a la situación también crea mejores condiciones para una solución política negociada. La criminalización de grandes partes del movimiento kurdo en Europa es una injusticia permanente contra la comunidad kurda. También envía una señal al gobierno turco de que está permitido tratar el problema mediante la criminalización y la violencia. Al indicar claramente que los países europeos consideran este conflicto como una guerra civil y no como una cuestión de terrorismo, se crean incentivos políticos para que ambas partes muestren respeto por sus contrapartes y busquen una solución política a través del diálogo. El terrorismo debe ser combatido, los conflictos deben ser resueltos.
  1. La decisión puede ayudar a otros órganos de toma de decisiones a reconsiderar sus puntos de vista sobre PKK y todas las organizaciones que supuestamente están relacionadas con él. En cuanto a la lista de congelamiento de activos, la decisión del Tribunal de Bruselas no tiene un impacto directo. Sin embargo, el hecho de que un Tribunal de Apelaciones en un estado miembro de la UE decida que PKK no es una organización terrorista debería alertar al Consejo de Ministros de la Unión Europea para que reconsidere su posición sobre esta cuestión.

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