Contrato Social de la Administración Autónoma Democrática del Norte y Este de Siria
10 enero 2024
Tras varios años de análisis y diálogo entre las diferentes comunidades y organizaciones sociales del norte y este de Siria, el día 12 de diciembre de 2023 entró en vigor el nuevo Contrato Social de la Administración Autónoma Democrática del Norte y Este de Siria (DAANES).
La larga lucha contra Estado Islámico que permitió la liberación de territorios del norte y este de Siria, con componentes sociales de diversas etnias y religiones, requería una nueva carta constitucional para la Autonomía Democrática derivada de la Revolución de Rojava Kurdistán que favoreciera la convivencia entre tan diversos pueblos, así como revalidar la pertenencia de la Región a una largamente deseada República Democrática Siria.
El Contrato Social establece consensuadamente las bases en las que se asienta la DAANES, que no son otras que las del Confederalismo Democrático, que aboga por una nación democrática que aglutine a todos sus componentes sociales, al tiempo que les otorga autonomía para decidir sobre sus propios asuntos. Es remarcable el papel y autonomía que se establecen para las mujeres y sus propias organizaciones, así como para la juventud, algo extraordinariamente novedoso y único, que no se ha plasmado en otras cartas constitucionales del mundo. El pilar ecologista del confederalismo democrático queda salvaguardado en el Contrato Social con el derecho a una vida saludable dentro de un medioambiente sano y el deber de defensa de la Naturaleza.
El sistema social en que se estructura la Administración Autónoma para la toma de decisiones, basado en la democracia de base, ocupa buena parte del articulado del Contrato Social. Es necesario leerlo con detenimiento, porque es diferente a los sistemas occidentales de democracias parlamentarias y puede resultar confuso en algunos puntos. A este respecto, queremos aclarar que la traducción al castellano se ha realizado a partir de la versión inglesa, si bien ha sido posteriormente revisado con su versión en kurdo. En el texto castellano es importante fijarse en la diferencia entre los términos «Concejo» y «Consejo», que en inglés quedan aglutinados en el término «Council». La riqueza de la lengua castellana permite diferenciar claramente ambos órganos. Para mayor claridad, a continuación recogemos los significados que ambos términos tienen en el Contrato Social:
- Concejo – Órgano público cuyos miembros son elegidos por el sistema de democracia de base; tienen poder decisorio sobre los asuntos que les competen.
- Consejo – Órgano colegiado con la función de asesorar y/o administrar, siguiendo las directrices marcadas por el Concejo.
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