Amnistía general para los prisioneros del norte y el este de Siria – Resolución de la AANES
Como continuación a la información relativa a esta Amnistía General, que publicamos el pasado día 18 de este mes (https://rojavaazadimadrid.org/amnistia-general-emitida-por-la-administracion-autonoma-de-siria/), completamos la información con el contenido de la Resolución de Amnistía General emitida por la Administración Autónoma del Norte y Este de Siria (AANES).
RIC – 12 octubre 2020 – Traducido por Rojava Azadi Madrid
Muchos prisioneros en el norte y este de Siria serán puestos en libertad gracias a una amnistía general, o bien verán reducidas sus sentencias a la mitad, según ha anunciado la Administración Autónoma del Norte y el Este de Siria. La decisión, que incluye algunas excepciones a fin de garantizar la seguridad en la región y preservar el derecho de las víctimas a la justicia, se produce tras el anuncio de la AANES de una amnistía para los nacionales sirios en el Campo de Al Hol.
Se liberará a los culpables de delitos menos graves, a los enfermos y a los mayores de 75 años. Los culpables de delitos graves verán reducidas sus penas a la mitad, y los de cadena perpetua a 20 años. Los convictos que están huidos de la justicia tienen 60 días para entregarse y beneficiarse de la amnistía.
Entre los que no serán liberados se encuentran los culpables de: espionaje y traición, crímenes de honor, tráfico de drogas, comandantes de organizaciones terroristas como ISIS, y terroristas culpables de crímenes violentos. Sin embargo, los miembros de mantengan buen comportamiento.
Los funcionarios indican que la medida tiene como objetivo promover un nuevo enfoque de la justicia, revitalizar las relaciones con la comunidad y aliviar la presión en las prisiones, que soportan la carga de más de 10.000 combatientes de ISIS. El texto de la amnistía específica para los ciudadanos sirios que están detenidos en el Campo Al Hol aún se encuentra en redacción. A continuación se presenta una traducción del texto de la amnistía general:
Texto de la resolución:
Administración Autónoma del Norte y Este de Siria
Consejo General
Resolución número 5:
Se concede una amnistía general y completa para todos los delitos cometidos antes del 10/10/2020 de acuerdo con lo siguiente:
Artículo 1:
Infracciones y faltas [menores]:
A – Para las infracciones, la pena completa [se anula, lo que significa que el individuo queda libre].
B – Para las faltas, se anula la totalidad de la pena.
Artículo 2:
Sobre los delitos graves:
A – La cadena perpetua será sustituida por una pena de prisión temporal de 20 años.
B – Todas las penas temporales se reducirán a la mitad [por ejemplo, de 20 años a 10 años, etc.]
C – Se anula la cadena perpetua o la pena temporal para cualquier persona condenada que padezca una enfermedad incurable.
D – Se anula la pena de cadena perpetua o la pena temporal para un convicto que haya cumplido setenta y cinco años de edad en la fecha de esta resolución.
E – La norma se refiere a la descripción penal del acto, no a la pena de la sentencia.
Artículo 3:
Quedan excluidos de las disposiciones de la presente resolución:
A – [Los culpables de] crímenes de traición y espionaje.
B – Asesinatos de honor.
C – Crímenes de violación.
D – Crímenes de tráfico y proliferación de drogas.
E – Líderes, altos mandos y entrenadores de organizaciones terroristas; los miembros de organizaciones terroristas participantes en acciones militares y atentados con bombas; y condenados por casos de terrorismo que no hayan tenido su buena conducta probada mediante carta de las autoridades pertinentes [es decir, los condenados por terrorismo de bajo rango pueden ser liberados, pero a discreción de las autoridades].
F – Los condenados que se escondan y huyan de la justicia, a menos que se entreguen en un plazo de 60 días a partir de la fecha de la presente Resolución si todavía se encuentran dentro de las zonas de la Administración Autónoma del Norte y Este de Siria, y en un plazo de 90 días en el caso de los que están fuera de ella.
G- Multas de cualquier tipo.
Artículo 4:
A reserva de lo dispuesto en los artículos 1 / y / 2 /, se estipula que para beneficiarse de las disposiciones de la presente resolución:
A – El condenado deberá entregar los pagos, indemnizaciones y obligaciones impuestas a favor del demandante, o [el demandante] someterse a la renuncia del derecho personal. [Es decir, si el demandante tiene derecho a la restitución, tendría que renunciar a este derecho.]
B – En lo que respecta a cargos, infracciones y delitos graves que se encuentran en proceso de juicio, la amnistía no será relevante a menos que se renuncie a un derecho personal o se llegue a un acuerdo con la autoridad pública correspondiente.
C – Renuncia al derecho personal en los delitos de asesinato. [Es decir, las víctimas tendrían que llegar a un acuerdo para que el culpable de asesinato fuera liberado.]
Artículo 5:
A – El Consejo de Justicia Social constituirá una comisión médica para examinar a los beneficiarios de las disposiciones del Párrafo / C / del Artículo 2 de esta Resolución, sobre la base de una solicitud presentada por el beneficiario en un plazo máximo de treinta días a partir de la fecha de su aplicación.
B – Los informes de la comisión médica serán autenticados mediante decisión del Consejo de Justicia Social.
Artículo 6:
La presente Resolución surtirá efecto a partir de la fecha de su emisión por el Consejo General de la Administración Autónoma del Norte y Este de Siria.