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Un repaso a la realidad del gobierno local en Bakur

Arti Gerçek – Mustafa Akenguin – 10 septiembre 2023 – Traducido y editado por Rojava Azadi Madrid

Cabe cuestionarse qué nos proporciona el modelo de gobierno local

El modelo de gobierno local democrático, ecológico y libertario de las mujeres no debe ser sólo un concepto o un discurso. ¿Qué tipo de beneficios ha aportado a la gente y a la sociedad; en definitiva, a nosotros, el modelo implantado hasta ahora? Esta pregunta debe responderse correctamente.

Procesos electorales…

Procesos electorales y Junta de Gobierno Local…

Procesos y comisiones electorales; formación de comisiones electorales en elecciones locales y generales, determinación de procedimientos y principios de trabajo…

Establecimiento de la coordinación electoral del Centro General y métodos de selección de candidatos…

Establecimiento de métodos provinciales de coordinación electoral y selección de candidatos…

Creación de comisiones electorales provinciales y de distrito y sus funciones en los procesos de designación de candidatos…

Procesos preelectorales o de selección de delegados…

Cada partido político establece las comisiones mencionadas a nivel provincial y de distrito al entrar en el periodo electoral. Puede incluso ampliar sus áreas de trabajo en función de las necesidades mediante adiciones a estas comisiones, dado que los procesos electorales requieren preparación y trabajos complicados.

Sin embargo, la forma en que estos criterios se aplican a nivel local, la manera en que las localidades tienen voz y voto en cuestiones como la determinación de candidatos, las primarias, etc. es una labor que debe tenerse en cuenta en términos de participación y elecciones democráticas. Aunque no sea un método democrático nominar a los candidatos por designación central, los partidos políticos no logran renunciar a él.

¿Pueden estas prácticas considerarse formas y métodos democráticos? ¿Qué más da que estas prácticas vigentes en el pasado reciente se denominen «modelo de Porto Alegre o modelo de gobierno local democrático, ecológico y libertario de las mujeres»? De hecho, si se puede convertir en un modelo aplicable, podría considerarse un concepto apropiado. Pero a menos que los conceptos adquieran contenido, no son más que retórica vacía. A los ojos de la gente de a pie, tales conceptos no tienen un valor significativo y caerán en el olvido. ¿Cuántas personas en las provincias kurdas conocen los nombres de estos modelos? ¿O cuántas personas en la sociedad en general conocen estos modelos y hasta qué punto estos han sido capaces de resolver los problemas de la gente? Un modelo que produce soluciones a los problemas de la gente será valorado y recordado, independientemente de su denominación.

El verdadero problema aquí es que podrán tener voz y decisión en la gestión de las ciudades durante décadas, pero no podrán acceder a un megaproyecto ni tocar la visión, la imagen, la infraestructura y la superestructura de las ciudades que gestionan; en definitiva, en todos los ámbitos de la vida que facilitan la vida de los urbanitas. De hecho, este es exactamente el punto de partida del deber de las juntas de gobierno local. El Consejo de Administración Local es la principal fuerza motivadora para que las municipalidades cumplan sus deberes y responsabilidades. Esta fuerza es la necesidad de provocar un cambio que lleve a la terminación del mandato si no cumplen con sus deberes y responsabilidades. Cuando no se interviene o cuando ya es demasiado tarde, el daño alcanza dimensiones graves. Esto debilita tanto a la estructura que se quiere establecer como a cada cual políticamente. Esto es exactamente lo que está ocurriendo.

Podemos decir que actualmente no encontramos en un momento en que no somos capaces de salir de la rutina. Por tanto, la creatividad, el conocimiento de la ciudad, la identificación de problemas y la enseñanza de soluciones han resultado insuficientes y no se ha podido evitar que crezcan los problemas. En la práctica, se hace hincapié en proyectos con rendimientos a corto plazo y se pretende alcanzar objetivos en el trabajo diario. Es decir, una administración local comprensiva que no ha podido responder a los objetivos y expectativas ha completado su mandato consumiéndose en sí misma.

Con un poco de detalle, intentaremos explicar la lógica del trabajo realizado, examinando cada periodo en términos de responsabilidad y autoridad, considerando conjuntamente las prácticas de los gobiernos locales y las actividades del Consejo.

2009-2014 – Tercer período de gobierno local

La Asociación Sarmaşık fue lo más destacado de este periodo en la producción y prestación de servicios locales. La Asociación Sarmaşık para la Lucha contra la Pobreza y el Desarrollo Sostenible fue fundada en abril de 2006 por el Ayuntamiento Metropolitano de Diyarbakır y 32 organizaciones no gubernamentales, e inició sus actividades ese mismo año.

Entre los proyectos ejecutados se encuentran el Banco de Alimentos, el Apoyo a la Educación Infantil, el Curso de Formación de Personal Cualificado en Gas Natural, Salud de la Mujer y el Mapa de la Pobreza Urbana, que incidió en 37.000 personas y 5.706 familias de Diyarbakır.

La asociación sigue trabajando con el objetivo de la Ciudad Comuna y al mismo tiempo ha emprendido una importante misión como área de implementación de la Autonomía Democrática.

Se ha convertido en el centro de atención por ser la primera del país y de la región en el campo del municipalismo social y ha recibido el aprecio que merece por parte de la población de la región y de Amed al cerrar una brecha muy importante en este campo. Yo la llamo «Media Luna Roja Kurda o Institución de Seguridad Social».

Otro rasgo distintivo de este período fue la elaboración del trabajo de modelización del Consejo de Administración Local y los debates necesarios sobre el mismo, que lo llevaron a un cierto nivel de madurez. El 14 de abril de 2009, cuando cientos de políticos kurdos fueron detenidos en la operación lanzada contra ellos bajo el nombre de ‘Operación KCK’, el trabajo de creación de un modelo se interrumpió y no se le prestó mucha atención en los procesos siguientes. No hay pruebas concretas de que DTK se haya fijado alguna vez un objetivo o se haya embarcado en una investigación sobre un modelo de gobierno local.

En este periodo, el Partido de la Sociedad Democrática se presentó a las elecciones locales y ganó un total de 96 alcaldías y 1169 concejalías.

El municipalismo social y el reparto justo han sido históricamente la condición sine qua non de los gobiernos locales. Quienes producen y aplican las leyes y la política tienen que garantizar un reparto justo en primer lugar. Esta organización se denomina Estado social. Los servicios de los gobiernos locales que dependen de la administración central y del gobierno no son eficaces y no contribuyen al cambio y la transformación urbanos. Se han constatado los beneficios de prestar servicios no desde el centro, sino desde lo local y con microintervenciones, y sabemos que hay ciudades en otros países que funcionan con este modelo y no es difícil prestar los servicios hoy en día.

El municipalismo social nació de las necesidades humanitarias. En este sentido, la Asociación Sarmaşık ha dado los primeros pasos para llenar un gran vacío. Ha atendido a miles de ciudadanos que lo precisaban y ha satisfecho sus necesidades. Estas ayudas no se proporcionaron de una sola vez. Se aseguró que los necesitados recibieran una ayuda mensual, regular y continua. Se trata de un proceso en el que estas ayudas terminarán cuando la familia que las recibe tenga unos ingresos económicamente sostenibles.

Tanto en los informes del s.v. (gobernador colonial) como en las declaraciones realizadas en otros ámbitos, el Consejo de Administración Local subraya que el modelo de gobierno local democrático, ecológico y libertario de las mujeres no es sólo un concepto o un discurso; se insiste en que ha sido adoptado como modelo y que el pueblo kurdo ha asimilado este modelo.

Sin embargo, a la hora de definir el modelo, hay que especificar el método de aplicación, la separación de poderes; es decir, la definición de funciones y responsabilidades, la prestación de servicios generales y los métodos y procedimientos que deben seguirse. Debe completarse la definición del modelo. Considerar que el modelo no es más que un eslogan es, en su forma más simple, autoengañarse. Por lo tanto, ¿Qué tipo de beneficios ha proporcionado este modelo, que se ha aplicado hasta ahora, al público y a la sociedad; en definitiva, a todos nosotros? ¿Cuántas de las necesidades en este ámbito ha sido capaz de satisfacer o cuántas ha dejado de satisfacer? Hay que responder correctamente a estas preguntas.

Estas afirmaciones y experiencias nos lo han demostrado: tanto los problemas en sí como sus soluciones deben ser llevados a cabo en las localidades por sus propias asambleas. Centralizar los problemas significa acallar a las localidades. No se puede interferir en dónde se construirán escuelas, dónde alcantarillado, dónde campos deportivos y por cuánto, pero se puede supervisar, y si hay algún problema, se puede asegurar que se solucione judicial o administrativamente. No se pueden ni se deben socavar las competencias y responsabilidades de las localidades. Cuando se hace, no puede llamarse democracia.

En términos generales, los informes de los gobernadores coloniales proporcionaban al público información suficiente y esclarecedora para descifrar la presión ejercida por los gobiernos sobre el HDP. Sin embargo, el informe se publicaba como un informe de actividades de los gobiernos locales. No se incluyeron en el informe análisis y reflexiones como los pensamientos e ideas de los gestores de las instituciones, lo que hicieron y lo que no pudieron hacer, sus promesas en el ámbito de la planificación del periodo, hasta qué punto se adhirieron a los planes estratégicos, etc. En el informe se descifraba correctamente el enfoque del gobierno sobre el HDP, pero ellos mismos no hicieron ninguna autocrítica en todos estos procesos.

Como mencioné al principio, los procesos experimentados en este período fueron iguales o similares a los del período 2004-2009. Dado que no se establecieron objetivos a nivel macro, podemos decir que este periodo no fue más allá de la rutina.

2014-2019 Cuarto período de gobierno local

El resultado y la política más importantes de este periodo fueron la adopción del Sistema de Copresidencia y su aplicación a nivel local por primera vez. La copresidencia es una decisión política. Dado que la cuestión de la copresidencia no está garantizada legalmente en las leyes, en ocasiones ha sido objeto de debate en las localidades. En la práctica, entendemos que hay muchos fallos en esta práctica. YYK no ha sido capaz de establecer una norma sobre la copresidencia. En este sentido, sabemos que existe y que está experimentando muchos problemas.

En este periodo, el DBP participó en las elecciones locales y ganó 1 independiente (Mardin), 3 alcaldías metropolitanas, 97 alcaldías provinciales, 1.441 concejalías y 128 asambleas generales provinciales. En total, 1.669 candidatos fueron elegidos en estas elecciones.

Podemos decir que este ha sido el período de gobierno local más brillante en cuanto a resultados y éxitos electorales.

Los gobiernos del AKP-MHP, que se hicieron con el poder del Estado, iniciaron los nombramientos en los municipios el 11 de septiembre de 2016, el primer periodo con gobernadores coloniales (fiduciarios del gobierno central cercanos al AKP), y detuvieron a los alcaldes de los municipios metropolitanos de Diyarbakır, Mardin y Van y nombraron gobernadores o gobernadores de distrito como apoderados. En los procesos siguientes, los nombramientos de gobernadores coloniales se aplicaron gradualmente a todos los municipios en un orden determinado. La base jurídica de estos nombramientos son las adiciones y modificaciones introducidas en el artículo 45 de la Ley Municipal n.º 5393 en base al Decreto Ley n.º 674 publicado en el boletín oficial el 1 de septiembre de 2016.

El 11 de septiembre de 2016 los municipios, y el 4 de noviembre de 2016 los copresidentes del HDP Selahattin Demirtaş y Figen Yüksekdağ, los ejecutivos provinciales y de distrito, alcaldes, concejales y diputados del HDP fueron destituidos y detenidos, por lo que se inició de facto el primer periodo de gobernadores coloniales. Es importante prestar atención a las fechas aquí.

El Decreto Ley n.º 674 se publicó en el boletín oficial el 1 de septiembre de 2016 y 10 días después, el 11 de septiembre de 2016, se nombraron gobernadores coloniales en tres ciudades metropolitanas. El grupo parlamentario del HDP, la comisión de derecho y el comité de administraciones locales no pudieron avanzar el contenido exacto del Decreto Ley n.º 674 ni cómo se reflejarían sus resultados sobre el terreno, por lo que no hicieron ninguna predicción. Tanto si se trata de un decreto ley como de una ley publicada en el boletín oficial, la labor del grupo parlamentario no consiste únicamente en levantar la mano o expresar una opinión. También consiste en interpretarlas en todos sus aspectos.

Me gustaría preguntar. Cuando empezaron los nombramientos de gobernadores coloniales, ¿se reunieron colectivamente los alcaldes de otras provincias y distritos, especialmente los alcaldes metropolitanos, para redactar un texto conjunto y hacer alguna declaración sobre cómo proceder? No. Aparte de la junta de gobiernos locales, nadie ha hecho ninguna declaración. Me pregunto hasta qué punto los alcaldes electos, que tienen responsabilidad y autoridad, han sido eficaces en estos procesos y hasta qué punto han leído el proceso en su totalidad y adoptado una posición en consecuencia.

Cabe preguntarse si el ejercicio exclusivo de esta autoridad por parte del Consejo de Gobierno Local es adecuado en términos de democracia, participación y apertura. Por supuesto, tiene toda la autoridad y la responsabilidad de una actitud política general. Sin embargo, ¿no significa que las autoridades locales no pueden hacer uso de sus competencias si toman una decisión sin cooperar con los administradores locales? ¿Por qué no se pensó en ello? No es una situación que una autoridad pueda aceptar.

Copresidencia y perspectiva femenina

Para llegar a un gobierno local en el que la perspectiva de la mujer pueda establecerse desde este entorno político dominado por los hombres y este entendimiento de los servicios dominado por los hombres, es necesario utilizar nuestras preferencias a favor de candidatos que tengan una visión amplia del futuro, que no tengan dificultades para aceptar la igualdad de mujeres y hombres, y que lleven a cabo sus acciones en esta dirección. El candidato idóneo para la autenticidad de las localidades es una mujer si es mujer y un hombre si es hombre. Entonces será inevitable garantizar la transformación en los gobiernos locales.

La ideología del HDP no debería enfrentar a hombres y mujeres en las elecciones.

Los rasgos más destacados de la contienda deberían situarse en el marco del conocimiento y el mérito. Sea como sea, el discurso puede enfrentar a mujeres y hombres. Esto debería evitarse. Por lo tanto, dado que los gobiernos locales son los más cercanos a la gente y pueden tocar más de cerca la vida de las mujeres, deberíamos pensar en la importancia de los gobiernos locales a la hora de determinar las necesidades de las personas y el proceso de selección de candidatos en detalle y convertirlo en un programa dentro de este marco.

Período de tutela y procesos legales

Como es sabido, se han regulado muchas leyes basadas en las normas de la constitución relativas al derecho a elegir y ser elegido y a participar en actividades políticas. Ley de Partidos Políticos, Ley de Disposiciones Básicas sobre Elecciones y Registros de Electores, Ley nº 2972 sobre Administraciones Locales y Oficinas de Mukhtar, Ley Electoral y Ley de Municipios Metropolitanos y Municipalidades. Estas leyes incluyen normas sobre cómo se celebrarán las elecciones, cómo funcionará el proceso legal en caso de vacante por causas naturales o dimisión del alcalde y los concejales.

Por ello, desde un punto de vista jurídico, nos gustaría cuestionar y analizar si las medidas adoptadas por la Junta de Administraciones Locales son suficientes o no. Vayamos por orden:

1 – Ley nº 2972 de Elección de Autoridades Locales y Mujtares de Barrio y Consejo de Ancianos:

Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación de la ley: La presente ley regula los principios y procedimientos relativos a las elecciones de los órganos de la administración local. A tal efecto:

a) Miembros de la asamblea general provincial,

b) Alcalde y miembros del consejo municipal,

c) Mujtars de aldea y de barrio y miembros del consejo y del comité de ancianos.

El sistema electoral incluirá los principios relativos a los procedimientos, períodos y tiempos, distritos electorales y los principios de candidatura y elección.

Artículo 29 Repetición de las elecciones

Antes de que finalice el período electoral,

a) Decisión sobre la anulación de una elección celebrada en una circunscripción debido a los procedimientos electorales,

b) Disolución del consejo municipal o asamblea general provincial por los órganos competentes,

c) Si la composición del consejo municipal o de la asamblea general provincial queda vacante por cualquier motivo y el número de miembros de la asamblea desciende por debajo de la mitad del número total de miembros tras la incorporación de los sustitutos,

d) En caso de vacante de la alcaldía por cualquier motivo, previa notificación inmediata de la autoridad local, la junta electoral del distrito decidirá la celebración de una nueva elección para el órgano en cuestión y la situación se anunciará de la forma habitual. El primer domingo siguiente al sexagésimo día después de este anuncio será el día de la votación.

2 – Ley Municipal nº 5393 Procedimientos a seguir en caso de vacante de la alcaldía

Artículo 45- En caso de vacante de la alcaldía por cualquier motivo, el gobernador convocará la asamblea municipal en el plazo de diez días. La asamblea se reunirá bajo la presidencia del primer teniente de alcalde o, en su ausencia, del segundo teniente de alcalde o, en su ausencia, del miembro de mayor edad;

a) En caso de vacante de la alcaldía o en caso de sanción de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas superior al período electoral,

b) En caso de que el presidente sea suspendido de sus funciones, detenido o inhabilitado para el servicio público por un período no superior al período electoral, se elegirá un vicepresidente.

El Decreto Ley Nº 674, que fue adicionado al artículo 45 de la Ley Municipal Nº 5393, «entró en vigencia luego de ser publicado en el Diario Oficial Nº 29818 el 1 de septiembre de 2016». «Sin embargo, en los casos en que el alcalde o vicealcalde o concejal sea suspendido de sus funciones o detenido o inhabilitado para el ejercicio de la función pública por delitos de terrorismo o complicidad con organizaciones terroristas, o el alcalde o vicealcalde o concejal deje de ser alcalde o concejal, el alcalde o vicealcalde o concejal será designado por las autoridades, de conformidad con el artículo 46º. La persona que vaya a ser nombrada deberá reunir los requisitos para ser elegida. Las disposiciones del presente apartado se aplicarán también en caso de dimisión de un miembro del consejo municipal que haya sido suspendido o detenido. En los municipios en los que se haya designado un alcalde o teniente de alcalde en virtud del presente apartado, los trabajos y las operaciones presupuestarias y contables podrán encomendarse a la oficina de registro o a la dirección de finanzas con la aprobación de la gobernación. En estos municipios, el consejo municipal no podrá reunirse sin la convocatoria del alcalde. Los deberes y poderes de la asamblea, el consejo y las comisiones serán desempeñados por los concejales especificados en el artículo 31.»

«Las disposiciones del presente apartado se aplicarán también en caso de dimisión de un miembro del consejo municipal que haya sido suspendido o detenido.»

Artículo 46- En caso de que el cargo de alcalde quede vacante por cualquier motivo y no pueda celebrarse la elección de un nuevo alcalde o teniente de alcalde, hasta que se celebre la elección, el alcalde será nombrado por el ministro del Interior en los municipios metropolitanos y provinciales y por el gobernador en los demás municipios. La persona que vaya a ser nombrada deberá tener la cualificación necesaria para ser elegida alcalde.

Artículo 31- Consejo municipal;

a) Disolución o aplazamiento de las reuniones del Consejo por el Consejo de Estado,

b) Detención de más de la mitad del número total de miembros de la Asamblea,

c) Incluso después de la incorporación de los miembros suplentes, el número total de miembros de la asamblea desciende por debajo de la mitad,

d) En caso de suspensión temporal de funciones, las funciones del consejo serán desempeñadas por los miembros funcionarios del consejo municipal hasta que el consejo pueda trabajar o hasta que se celebren nuevas elecciones al consejo.

Adición al artículo 57. «Sin embargo, si se determina por la gobernación que la interrupción de los servicios en las municipalidades o administraciones adscritas afecta o afectará negativamente la lucha contra el terrorismo o actos de violencia, la gobernación realizará o hará realizar el servicio en cuestión a través de la Dirección de Seguimiento y Coordinación de Inversiones, la administración provincial especial o las instituciones y organizaciones públicas. En caso de que la gobernación determine que las instalaciones de la municipalidad o administración adscrita son utilizadas para brindar apoyo directo o indirecto al terrorismo o actos de violencia, los bienes muebles de la municipalidad o administración adscrita utilizados para apoyar el terrorismo o actos de violencia serán confiscados por la máxima autoridad administrativa local. En caso de que el personal del municipio o de la administración afiliada cuya responsabilidad se determine en el ámbito del presente apartado sea suspendido de sus funciones por el gobernador o el gobernador de distrito, el proceso de reincorporación será llevado a cabo únicamente por la autoridad que haya efectuado la suspensión.»

Adición de un artículo provisional al artículo 40; El alcalde, el teniente de alcalde y los concejales que hayan sido suspendidos de sus funciones debido a la investigación o el enjuiciamiento llevados a cabo contra ellos en el ámbito de los delitos de terrorismo o de complicidad con organizaciones terroristas antes de la fecha de entrada en vigor del presente artículo serán sustituidos por las autoridades competentes, de conformidad con el artículo 46, en el plazo de quince días, de acuerdo con el procedimiento especificado en el segundo párrafo del artículo 45, incluso si la acción se ha tomado de acuerdo con el apartado (b) del primer párrafo del artículo 45.»

Evaluación de los artículos legales

En el punto anterior, hemos tocado brevemente las partes relevantes de las normas legales relativas a los procesos electorales en términos de derechos legales y constitucionales.

Cuando se evalúan conjuntamente la Ley No. 2972 y la Ley Municipal No. 5393, la justificación legal para el nombramiento de un gobernador colonial por parte del gobierno se basa en el párrafo agregado al Artículo 45 de la Ley No. 5393 con el Decreto Ley No. 674.

El Decreto Ley 674 agregó un nuevo párrafo al Artículo 45 de la Ley No. 5393, que establece que las disposiciones de este párrafo también se aplicarán en caso de renuncia de un miembro del concejo municipal que haya sido suspendido o arrestado.

Ahora bien, el día en que los tres alcaldes metropolitanos fueron destituidos, ¿por qué no se les permitió dimitir cuando no existía ningún obstáculo legal para su dimisión como cargos electos en todos los distritos electorales para todos los cargos electos que aún no habían sido destituidos o detenidos? Si el alcalde y los concejales hubieran devuelto sus mazbatas a las juntas electorales y hubieran dimitido al mismo tiempo, el régimen habría nombrado un S.V. para todos ellos al mismo tiempo o se habrían renovado las elecciones de conformidad con la Ley nº 2972.

Dado que el gobierno del AKP-MHP no puede nombrar a un gobernador colonial para todos los municipios a la vez, ¿por qué no se ha impedido esta sucia política? La dimisión es una acción y un derecho individual. ¿Quién impidió que todos los elegidos entregaran sus mandatos a las juntas electorales contra esta flagrante ilegalidad? ¿Qué cálculo político impidió esta decisión? ¿O qué más se esperaba para que todos los cargos electos dimitieran al mismo tiempo? ¿La reflexión y la situación de hecho que crearía no habrían sido más sonadas y más abrazadas por el pueblo kurdo al adoptarse una actitud honorable?

Este es el enfoque del Estado respecto a los políticos kurdos. Si hay una declaración de las fuerzas del orden o una visualización tuya por terrorismo o por cualquier otro motivo, el ministerio puede asociarte directamente con el terrorismo y destituirte inmediatamente. Lo que se está haciendo en realidad es no entregar los municipios a los kurdos. En otras palabras, negando la política y la identidad kurdas, puedes llegar a cualquier puesto y cargo que quieras. Pero si de un modo u otro tienes relación con la política kurda, te asociaré inmediatamente con el terrorismo y te meteré en la cárcel. La política aplicada a los políticos kurdos es la misma hoy y en el pasado. Nada cambia.

La política kurda debería haber tomado posición y haber movido ficha en este eje. Porque no debería haberse limitado a observar lo que ocurría en un caso legalmente legítimo y justificado. En el momento en que el presidente del AKP Erdoğan y el ministro del Interior salieron y dijeron que nombraremos gobernadores coloniales para los municipios del HDP, independientemente de quienes sean, el HDP debería haber sido capaz de decir que si nombráis un gobernador colonial, dimitiremos el mismo día, incluidos todos los elegidos, incluidos los reservas. En otras palabras, no se hizo ninguna preparación y políticamente subestimamos al gobierno y por lo tanto al AKP-MHP.

Durante el período de los primeros gobernadores coloniales de 2016, no se podía decir esto, y al repetir el mismo error en las elecciones locales de 2019, fue suficiente para ver lo que pasaba. Cuando no haces un movimiento legal y legítimo en política, alguien sale y evalúa esto como miopía y dice que no puedes proteger los derechos y las leyes del pueblo.

Si nombras a un gobernador colonial para sustituir a miles de alcaldes electos y a tres alcaldes metropolitanos, dimitiremos en masa. Esto significa que si cerráis el camino a la política a los kurdos, los kurdos se volverán a la nación y denunciarán a este gobierno tiránico en todos los ámbitos. Deberíamos haber podido decir que cuando el Estado no permita a los kurdos llegar al poder mediante elecciones, consideraremos la opción de la dimisión como una resistencia honorable y dimitiremos. Deberíamos haber dicho que elegíamos este camino porque dimitir en masa mantendría fuerte la lucha política kurda en el ámbito nacional e internacional. Y ahora pregunto: ¿Por qué no se autorizó?

Continuará


Mustafa Akengin es natural de Amed (Diyarbakır). Licenciado por la Universidad Anadolu, Facultad de Administración de Empresas, Departamento de Administración de Empresas. Trabajó a diferentes niveles en el municipio metropolitano de Diyarbakır. Es político del HDP.

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