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Propuesta de coordinación de la red de Comités de Defensa del Referéndum (CDR)

Fuente: Azadí – Plataforma

Autoría: Azadí – Plataforma

Fecha: 18-10-2017

Traducción: Rojava Azadi Madrid

¿Cómo combinar agilidad y horizontalidad en la toma de decisiones?

Esta es una pregunta que ahora mismo se deben estar haciendo muchos CDRs (Comités de Defensa del Referéndum) en Cataluña, dado que se está debatiendo el modelo de estructura coordinativa entre estas entidades arraigadas en los barrios y pueblos.
Puede resultar complicado encontrar un equilibrio entre agilidad y horizontalidad con objetivo de superar los peligros de acumulación de poder que tendría una estructura donde el vínculo municipal y supramunicipal se hiciera mediante representantes escogidos por cada CDR, y de inoperatividad, si el vínculo se hiciera a través de portavoces que no pueden tomar nunca sus propias decisiones sin antes volverlo a bajar a su CDR. El debate que hay detrás es profundo y puede estancarse o provocar divisiones o exclusiones dentro de los CDRs.

El modelo de Rojava, en el Kurdistán Sirio

Actualmente en Rojava, desde hace 5 años más de 3 millones de personas se organizan a través de un sistema que encuentra una solución (imperfecta, evidentemente, pero fértil) a este debate: el Confederalismo Democrático1. Este modelo es complejo y afecta a todos los ámbitos de la sociedad, pero parte de la idea principal de que la sociedad se ha de organizar de abajo hacia arriba, es decir partiendo del ámbito local:

  • Cada barrio/pueblo se reune periódicamente en un comité vecinal abierto a todos los vecinos y vecinas.
  • A través de este comité se designan 2 codelegadas, que tienen que ser dos personas que se ofrezcan y que sean lo más diversas posibles (diferente género, diferente etnia, diferentes edades…), pues precisamente su labor es recoger el sentir general, complejo y diverso, del barrio o pueblo.
  • Estas codelegadas acuden periódicamente a las reuniones de ámbito territorial más amplio (ciudades, subcomarcas…), en las cuales trasladan las decisiones y propuestas de su barrio/pueblo que afectan al ámbito territorial más amplio, y también pueden tomar decisiones sobre temas de urgencia que surjan… PERO: estas decisiones posteriormente son revocables en todo momento por parte de los vecinos y vecinas de su barrio/pueblo, que además pueden acordar también en cualquier momento sustituir a las personas codelegadas si consideran que estas no hacen bien su labor.
  • Si no han sido revocadas antes, pasado un cierto tiempo (6 meses, un año, dos años…) y acordado por el comité, se escogerán nuevas codelegadas, con tal de establecer una rotatividad que fomente la implicación de más personas y evite ciertas dinámicas de concentración de poder en algunas codelegadas.
  • Para llegar a un ámbito territorial más amplio (ciudades grandes, regiones…) a la vez se designan análogamente 2 codelegadas.
  • Es muy importante, para acabar, el principio de subsidiariedad, que dice que toda decisión se ha de tomar en el nivel más local posible, de manera que la inmensa mayoría de las decisiones se tomen en el nivel más local y solo unas pocas van a los niveles confederados más elevados.

El contexto catalán.
Pensamos que, más allá de si podríamos copiar el modelo del Confederalismo Democrático (u otro) en nuestro contexto actual (que es diferente y particular), aplicar ciertos aspectos como el modelo basado en codelegadas, que permite una integración de la diversidad mucho mayor, puede aportar mucha fuerza organizativa a los CDRs.
Lluís Maria Xirinacs2 ya propuso un modelo de organización social comunal para los Países Catalanes, basado en agrupaciones de asambleas confederadas siguiendo los principios que se presentan en ese documento, en el marco de una Confederación Ibérica y mundial de pueblos libres.
Por otro lado, la iniciativa Proceso Constituyente3 también plasmó propuestas parecidas a las que hizo Xirinacs, a través de su sectorial de “Democracia Participativa”.

Propuesta de sistema de codelegadas.
A continuación se presenta una propuesta de funcionamiento confederal con codelegadas, inspirada en los ejemplos antes mencionados:

  • Elección

Cada asamblea designa dos personas como codelegadas, que tendrán que representar la máxima diversidad, es decir, tendrán que pertenecer a un género, etnia y/o rango de edad diferente, siendo precisamente su labor recoger el sentir general, complejo y diverso, de cada barrio o pueblo.
Las codelegadas pueden ser escogidas entre personas voluntarias para asumir la función o por sorteo. Idealmente, una persona voluntaria y otra por sorteo para no perder la representatividad estadística y al mismo tiempo, no correr el riesgo de falta de gente conocedora del tema y/o motivada.

  • Atribuciones

Las codelegadas tendrán otorgado un cierto grado de autonomía para poder deliberar y votar decisiones. En ningún caso podrá haber privilegios ni existirán cargos sino únicamente responsabilidades. Cada asamblea tiene atribuciones para tomar decisiones políticas en función del principio de subsidiariedad.

  • Renovación y rotación.

Las codelegadas escogidas serán renovadas siguiendo la temporalidad estipulada (6 meses, 1 año, etc.), para establecer una rotatividad que fomente la implicación de más personas y evite ciertas dinámicas de concentración de poder en algunas codelegadas.
La renovación se podrá realizar de manera escalonada, es decir, al final del mandato se renueva una de las codelegadas y a medio mandato de esta se renueva la otra, garantizando así una óptima transmisión de las funiones atribuidas por la asamblea.

  • Revocación

Cada asamblea puede revocar, por votación favorable de una amplia mayoría (que se ha de definir), cualquiera de los niveles asamblearios de la agrupación superior (tanto sus portavoces como las decisiones que tomen). Este mecanismo sirve para llevar a cabo acciones urgentes y ser ágiles en la toma de decisiones.
 
El principio de subsidiariedad.
La subsidiariedad es un principio organizativo muy poderoso, ya que permite determinar en que nivel de agrupación se ha de tomar cada decisión en los colectivos humanos, de manera que se llegue a un equilibrio óptimo entre libertad individual y respeto por los demás. Es decir, cada nivel de agrupación asamblearia decide sobre temas que afectan exclusivamente a su gente; en caso contrario el tema es resuelto en el nivel de agrupación superior que abarque todo el territorio afectado por el tema en cuestión.
Agrupaciones territoriales confederadas4
Las asambleas de los comités pueden agruparse por criterio de pertenencia a una misma región, comarca y/o por proximidad territorial, hasta un máximo de 25 asambleas por agrupación y un mínimo de 5. Teniendo en cuenta el número de comités actual (superior a 100) y la distribución territorial de los mismos (ver mapa5), una distribución orientativa de las agrupaciones podría ser esta:

  • Norte-montaña (unos 12 comités)
  • Girona (unos 8 comités)
  • Occidental-centro (unos 20 comités)
  • Barcelona (unos 20 comités)
  • Llobregat (unos 12 comités)
  • Maresme (uns 10 comités)
  • Vallés Oriental (12-15 comités)
  • Sur (unos 12 comités)

Partiendo de este escenario, puede haber diferentes maneras de articular el siguiente nivel de agrupación. Por ejemplo: cada una de las 8 agrupaciones de segundo nivel escogería 2 codelegadas (16 en total), que se encontrarían en una agrupación de tercer nivel, dando alcance a todo el territorio catalán. Cada agrupación podría llevar una tercera codelegada que de manera rotatoria podría hacer la función de observadora y dar apoyo a las otras codelegadas (haciendo un total de 24 miembros). En todo caso, se podrían aplicar diferentes fórmulas con el objetivo de dotar de la máxima solidez a la coordinación.
Esperemos que esta propuesta pueda tener buena acogida en los CDRs y nos ayude a encontrar el equilibrio entre agilidad y horizontalidad.
Aclaraciones tras el encuentro catalán de CDRs en Igualada el 21 de octubre:
Esta es una propuesta que busca generar un marco organizativo de partida, desde donde ir definiendo la coordinación de los CDRs. Por tanto, está abierta a modificaciones de todo tipo en un futuro, y es perfectamente compatible con:

  • Que las funciones del tercer nivel confederal (nivel “catalán” o “nacional”) se limiten provisionalmente (por ejemplo que la coordinación a nivel catalán de momento nada más sea comunicativa, técnica y de cara a movilizaciones).
  • Que los CDRs se centren en la labor local (de hecho es lo que dice el principio de subsidiariedad).
  • Que se constituyan (o no) comisiones o grupos de trabajo sectoriales a nivel catalán.

Por otra parte, la propuesta que hacemos de Agrupaciones Territoriales es completamente orientativa, a modo de ejemplo. Evidentemente, lo que tiene sentido es que sean los CDRs de cada localidad los que decidan con quien se quieren agrupar. De todas maneras, posteriormente las Agrupaciones que salgan deberían recoger más o menos el mismo número de CDRs (o del mismo orden de magnitud). Si esto no se cumpliera, y ponemos por caso que la Agrupación de Barcelona Ciudad reuniera 25 comités mientras que la Agrupación de una comarca determinada reuniera no más de 2 o 3, tendríamos que encontrar mecanismos para equilibrarlo. Por esto decimos que convendría que no hubiera Agrupaciones Territoriales de menos de 5 CDRs.

Azadí – Plataforma en Solidaridad con el Pueblo Kurdo

1- Entrevista a Dilar Dirik explicando el Confederalismo Democrático (Vilaweb): https://www.youtube.com/watch?v=UkOKRBbw5fs
2- Comunidad humana. Manifiesto de Germanías (2000) http://bardina.org/demotica/xdemct09.htm
3- http://www.procesconstituent.cat
4- El modelo de agrupaciones se ha inspirado en el documento “DEMOCRACIA INCLUSIVA Y OTRAS FORMAS AVANZADAS” que sirvió para definir la sectorial de Democracia Participativa del Proceso Constituyente. De allí se han sacado parte de los contenidos, así como el gráfico que lo ilustra.
5- https://www.google.com/maps/d/viewer?mid=1L597USWtLb5Ga8fsN7kewGj7zA8
 

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